Escrito por wifi en Wifiblanes
Te jodes!! Lo dice la CMT y si un Ayuntamiento presta un servicio público para dar cobertura via wifi donde no hay internet, te multan por no cumplir la ley del artículo 6.2 de la Ley General de Telecomunicaciones!!
Así va el pais.
Esta entrada fue escrita el Viernes, 3 de Octubre de 2008 a las 1:08 pm y archivada en Wifiblanes. Puedes seguir cualquier respuesta a esta entrada a través del feed RSS 2.0. Puedes dejar una respuesta, o trackback desde tu propio sitio web.
ya hace tiempo que la CMT considera competencia hacia las operadoras el poner wifi que llegue a casas particulares, aunque sea un wifi del ayuntamiento.
sin embargo parece que sí que pueden poner wifi en una playa, plaza o espacio público… (tienen que intentar que no llegue a las casas).
lo peor de todo es que no haya una operadora que cumpla la ley en instalaciones, ya que para servicios básicos (una simple linea de teléfono), tienen un tope de tiempo (creo que de dos semanas)…. y tienen la obligación de hacerlo, porque si no, la CMT les multa.
existen opciones tecnológicas para sitios donde no llegan los cables (por ejemplo, el radioenlace)…
Internet debería ser también un servicio basico (no se si ya lo es)… y lo que es tercermundista es que las operadoras no sean capaces de poner internet a los vecinos de un pueblo, y que un pequeño ayuntamiento sí que sea capaz de hacerlo.
En fin, pilarin… yo aconsejaría a los ayuntamientos que recurran esas multas, porque son recurribles. … y además que contraataquen poniendo denuncias a las operadoras por no darles servicio.
Hay que joderse con las operadoras, y encima con lo que te cobran por el servicio, un servicio que es más bien penoso. Aquí, en la cuna del Alt Penedes, en un pueblo (Gelida) cada vez más grande a escasos tres km de la capital del cava (Sant Sadurní d´Anoia) solo nos llega un mega de ADSL, y solo de telefónica que el resto ni eso, y aún gracias porque solo unos cuantos privilegiados funcionamos así, el resto aún andan a pedales (56KB).